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NOTA INFORMATIVA sobre DECRETO LEY 8/2020, de 24 de marzo, de modificación parcial del Decreto ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarias.

    Hoy día 25 de marzo de 2020 entraba en vigor el Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica dictado por la Generalitat de Cataluña en su ámbito de competencia. Como ya informamos en la Nota Informativa relativa a dicha norma, se acordaba la suspensión de toda la obra pública contratada de forma directa por parte de la Generalitat de Cataluña como todas las efectuadas por las entidades dependientes, sin necesidad de levantar acta de suspensión.

    Pues bien, en el Decret Ley 8/2020 de 24 de marzo publicado hoy en el DOGT con entrada en vigor también en el día de hoy, se ha modificado sustancialmente la normativa referida conforme consta en el articulo 4, y se efectúa implícita derogación de dicha regulación, e implícita remisión a lo regulado en el Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo.

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