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Acompañando a las empresas durante la crisis sanitaria COVID-19

    El día 14 de marzo de 2020 es una fecha que quedará marcada en los anales de la historia jurídica más reciente de España como el día en que se decretó el estado de alarma por segunda vez en democracia.

    La primera de ellas fue en el año 2010 y se decretó con motivo de una huelga convocada por el sector de controladores aéreos, pero en esta ocasión la aplicación de este mecanismo en nada se asemejaba a aquella situación. Nuestro ordenamiento debía dar una respuesta rápida y eficaz frente a una crisis sanitaria mundial, siendo necesario que el Gobierno decretara la restricción de algunos derechos fundamentales con el objetivo de preservar la salud y la seguridad del conjunto de la ciudadanía.

    De la noche a la mañana gran parte de la población tuvo que recluirse en sus domicilios y adaptar sus vidas a la nueva y desconocida realidad que estaba por venir: Dos meses de hibernación de la actividad económica, social y laboral que han comportado el pago de una factura que, según dicen los expertos, hipotecará cualquier expectativa de crecimiento de los próximos años.

    Desde entonces, gran cantidad de empresas han tenido que echar el cierre temporalmente y las que han podido continuar con su actividad han tenido que adaptarse a los constantes cambios normativos que se han ido decretando por parte de las autoridades. En una misma empresa, mientras algunas áreas corporativas quedaron en un estado de letargo sobrevenido y forzado a causa de la paralización de sus funciones, otras experimentaron un verdadero colapso del que todavía a fecha de hoy se están recuperando. Sin embargo, una de las piezas que ha sido determinante en las compañías para poder hacer frente a la crisis sanitaria han sido los departamentos de cumplimiento normativo o, si más no, el asesoramiento que los profesionales externos les hemos prestado en esta materia.

    Mientras en el Boletín Oficial del Estado se publicaban día tras día numerosas normas que afectaban de manera directa a las empresas y que, para nuestra desdicha, eran poco claras y fruto de la toma de decisiones apresuradas y hasta en ocasiones contradictorias, los departamentos de corporate compliance han sido los baluartes sobre los que los directivos y administradores se han podido apoyar para la toma de decisiones de un calado determinante para la continuidad de las compañías.

    La labor del compliance no se ha limitado únicamente al análisis continuo de las exigencias que las autoridades iban imponiendo a las empresas en el marco de la crisis sanitaria, sino que también se ha extendido a una labor de asesoramiento que ha resultado fundamental.

    Desde la elaboración de planes de acción que facilitan la toma de decisiones a directivos y administradores ante un escenario de crisis generalizada, pasando por la creación de protocolos de organización ad hoc en las distintas áreas corporativas y hasta llegar a la confección de planes de reapertura de negocios que incluyen las principales recomendaciones y obligaciones emanadas de las autoridades, todas y cada una de las maniobras que se han llevado a cabo desde la óptica compliance han sido de gran ayuda para los responsables de las empresas.

    Sin embargo, lejos de poder alzar las campanas al vuelo y celebrar que la COVID-19 ya no representa una amenaza para la población y nuestra economía, la realidad es que la situación derivada de esta pandemia sigue requiriendo estar más alerta que nunca desde la óptica del cumplimiento normativo.

    A la espera de que el temporal amaine en algún momento indeterminado, el cumplimiento normativo seguirá entonando el célebre y recordado “show must go on”.

    Guillermo Gispert – Abogado en Riba-Vidal Abogados

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