El nacimiento del RAIDING o asalto corporativo a compañías, se atribuye a la etapa de desintegración de la Unión Soviética, más concretamente a la época de la privatización rusa de las empresas públicas a finales de los noventa y principio de los 2000, con el nombre de “Reiderstvo”. Se trataba de conseguir el control o poder de empresas o su eliminación en el mercado, mediante la utilización de todo tipo de mecanismos, legales, ilegales o alegales.
No obstante, al otro lado del Atlántico al inicio de la década de 1980, un empresario, Asher Edelman, daba lecciones de cómo hacer raiding corporativo utilizando las enseñanzas de la obra “El arte de la guerra”, de Sun Tzu, eso sí, dentro de la legalidad, aunque posiblemente bordeando los límites de la ética de los negocios.
El desarrollo de las ciber tecnologías ha potenciado en los últimos años este tipo de actividades básicamente por las siguientes razones:
- La posibilidad de atacar a distancia, a la compañía objetivo, utilizando incluso terceros países donde la legalidad es menos estricta con este tipo de medidas, y es más difícil la cooperación policial y judicial para perseguir estas actividades.
- La utilización de tecnologías que consiguen enmascarar la identidad del atacante. Lo que facilita la proliferación de estructuras al servicio de estos fines, extremadamente rentables y eficientes y en muchos casos delictivas.
- El desconocimiento por parte de las empresas víctimas de la dimensión real del riesgo a que están sometidas.
- La existencia en el ámbito empresarial, en consonancia con el orden mundial de un escenario denominado; VUCA, en terminología anglosajona. (Volatility, Uncertainty, Complexity, Ambiguity).
- La globalización de la economía que multiplica el número de empresas competidoras en los lugares más recónditos y potencia lógicamente su voracidad y el instinto de supervivencia.
Debemos tener en cuenta que el raiding no se circunscribe únicamente a la utilización de mecanismos tecnológicos o cibernéticos, el atacante o rider, se apoya además, por un lado en mecanismos de competencia empresarial tradicional, como la contratación de ejecutivos clave de la compañía objetivo, la guerra de precios o el incumplimiento de pactos esenciales y, por otro, en la utilización entre otras de técnicas éticamente reprobables como las campañas difamatorias o la utilización espuria de acciones judiciales para entorpecer la dinámica natural de la compañía. Resulta difícil establecer un numerus clausus de los mecanismos empleados, además la imaginación del raider está siempre alerta para mejorar y perfeccionar.
El raider utiliza criterios y métodos basados en inteligencia de guerra, por ese motivo, la defensa frente a los mismos debe ser ampararse en criterios globales de inteligencia defensiva.